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DERECHO CIVIL
Real Estate y Gestión Patrimonial
Derecho de Familia y
Derecho de sucesiones
Derecho Procesal Civil
REAL ESTATE Y GESTIÓN PATRIMONIAL
DERECHO PROCESAL CIVIL
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Asistencia ante Juzgados de Primera
Instancia y Tribunales superiores.
DERECHO PROCESAL CIVIL
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Asistencia ante Juzgados de Primera
Instancia y Tribunales superiores.
DERECHO
PROCESAL CIVIL
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Asistencia ante Juzgados de Primera
Instancia y Tribunales superiores.
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En VÍCTOR VILLAR Abogados, realizamos una asistencia general en Derecho Civil e íntegra en la Gestión Patrimonial de nuestros clientes, quiénes nos confían sus operaciones y la gestión de sus contratos e inmuebles, dada nuestra experiencia en el cuidado de patrimonios a lo largo de los años y nuestra búsqueda de soluciones pragmáticas y las fórmulas más efectivas para afrontar situaciones de crisis o oportunidades de optimización, velando siempre por un ejercicio eficaz y útil del Derecho y como medio para la consecución de objetivos.
Así, acompañamos a propietarios y particulares, en cualquier momento, por difícil que sea, en materia de Arrendamientos Urbanos, Derecho Inmobiliario y Compraventas, Derecho de Contratos, Derecho de la Propiedad Horizontal, Responsabilidad Civil y Accidentes y Derecho de Sociedades y, en fin, en todas aquellas situaciones que requieran de asistencia letrada. Contamos asimismo con el apoyo de otros agentes del mundo jurídico e inmobiliario, de nuestra confianza, con quiénes colaboramos habitualmente.
De igual modo, prestamos asistencia en la esfera más personal de nuestros clientes, en materia de Derecho de Familia y Derecho de Sucesiones, complementando las necesidades de nuestra clientela con especial atención a los efectos económicos y la perspectiva patrimonial que puedan suscitarse en dichas relaciones.
Y es que en VÍCTOR VILLAR Abogados, estudiamos la situación, valoramos la viabilidad de las opciones, redactamos los documentos necesarios para las acciones a emprender y, ulteriormente, defendemos su nombre e intereses en autos judiciales ante los Juzgados de Ibiza e instancias superiores.
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En VÍCTOR VILLAR Abogados, realizamos una asistencia general en Derecho Civil e íntegra en la Gestión Patrimonial de nuestros clientes quiénes nos confían sus operaciones y la gestión de sus contratos e inmuebles, dada nuestra experiencia en el cuidado de patrimonios a lo largo de los años y nuestra búsqueda de soluciones pragmáticas y las fórmulas más efectivas para afrontar situaciones de crisis o oportunidades de optimización.
Así, acompañamos a propietarios y particulares, en cualquier momento, por difícil que sea, en materia de Arrendamientos Urbanos, Derecho Inmobiliario y Compraventas, Derecho de Contratos, Derecho de la Propiedad Horizontal, Responsabilidad Civil y Accidentes y Derecho de Sociedades, Derecho de Familia y Derecho de Sucesiones y, en fin, en todas aquellas situaciones que requieran de asistencia letrada.
Y es que en VÍCTOR VILLAR Abogados, valoramos la viabilidad de las opciones y defendemos su nombre e intereses en autos judiciales ante los Juzgados de Ibiza e instancias superiores.
"Ofrecemos una defensa sólida, íntegra y tenaz".
"Ofrecemos una defensa sólida, íntegra y tenaz".
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NUESTROS CLIENTES
Buenos días Jose,
Las reclamaciones contra morosos en las Comunidades de Propietarios, por desgracia, son una constante. Por ello, la ley permite acceder a un procedimiento en teoría más veloz que el habitual por medio de la Demanda monitoria contra morosos en Propiedad Horizontal. No obstante, para interponer la misma correctamente es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos (actas, notificaciones, certificaciones) que deben acompañar la Demanda para su buen fin. Por ello, habría que realizar una preparación del caso y, a la mayor brevedad, interponer dicha Demanda.
Buenos días Maria,
Dependiendo de los casos es posible realizarlo ante Notario. Asimismo, también es posible el divorcio en vía judicial pero de mutuo acuerdo, siempre y cuando ambos estén conformes y en los términos que pacten, que serían recogidos en un Convenio regulador que sencillamente sería ratificado por Su Señoría, el Juez sin más complejidad. En caso de no ser posible ambas alternativas, la única opción resultante sería el divorcio en vía contenciosa, pero es evitable y preferible y en múltiples casos posible, siempre que ambas partes tengan buena actitud y consigan llegar a un acuerdo.
Buenos días Luis,
A día de hoy la Ley de Arrendamientos Urbanos establece como período mínimo de alquiler para los arrendamientos de uso de vivienda, 5 años o 7 años según las circunstancias del arrendador. Por tanto, dicha cláusula que se les pide firmar sería nula por ir contra los derechos mínimos del arrendatario que están previstos en la ley.